Si vives en un piso, también es posible el autoconsumo de energía eléctrica, siempre y cuando las características de la azotea lo permitan.
Gracias al RD 244/2019 el autoconsumo compartido es posible. ¿Qué quiere decir esto? Se pueden instalar placas solares fotovoltaicas en el tejado de la comunidad y repartir la producción generada entre los vecinos y los consumos generales de la comunidad, como rellanos, portal, garaje, trasteros, etc…
La energía solar es una apuesta de lo más rentable y segura. Es cierto que la instalación de placas solares requiere una inversión inicial, pero se recupera a corto-medio plazo. Además, con ella se contribuye a la protección del medio ambiente, ya que la comunidad de vecinos genera y consume energía 100% renovable.
Posibilidades de autoconsumo en comunidades de vecinos
1. Instalación solar de autoconsumo para zonas comunes
Gracias a ella podrás reducir los gastos comunitarios para los consumos de energía que se realicen en las zonas comunes del edificio.
2. Instalación solar de autoconsumo compartido
Si, además, queréis tener ahorro en las facturas de luz de las viviendas, una instalación de autoconsumo compartido es la solución ideal. Con ella podrás comprobar cómo se reduce tu factura de la luz gracias a la compensación económica.
Gracias al autoconsumo colectivo es posible pagar menos, tanto en las facturas de luz de cada vivienda, como en las de la propia comunidad.
Para la instalación, ¿tienen que estar de acuerdo todos los vecinos?
Basta con que un tercio de los propietarios vote a favor de colocar la instalación en la cubierta común. Los vecinos que no quieran formar parte de la instalación colectiva no están obligados a participar, ni tienen porqué implicarse.
¿Cómo se hace el reparto de la producción en una instalación solar de autoconsumo compartido?
Depende de si se llega o no a un acuerdo al respecto entre los vecinos. En el primer caso, los vecinos acuerdan el porcentaje de reparto de la energía generada por la instalación fotovoltaica, que se mide con un contador homologado. Ese reparto puede depender de la inversión hecha por cada vecino, el consumo que tiene cada uno o el criterio que decidan.
En cambio, si los vecinos no llegan a un acuerdo, el reparto se realiza en función de lo que establece el RD 244/2019: será proporcional a la potencia contratada de cada contrato de cada vecino.
La decisión de reparto podrá cambiarse una sola vez al año, comunicándoselo a la comercializadora eléctrica que corresponda.
¿Cómo se mide la energía que se genera y se consume?
Además de la instalación fotovoltaica, deberá instalarse un nuevo contador. Este contador medirá la energía generada por la instalación comunitaria fotovoltaica.
En la vivienda de cada vecino, el consumo será medido por el contador que ya está instalado con anterioridad. De la diferencia entre la parte proporcional que hayamos acordado que nos toca de la energía generada y la energía consumida resulta la cantidad de energía que se compensa en la factura de luz de cada vecino.
Ten en cuenta que, gracias al autoconsumo compartido, en la factura de la luz se puede reducir el gasto variable (relacionado con la energía consumida) de forma notable o en su totalidad, pero siempre se seguirá haciendo frente a los demás conceptos de la factura.
mi duda es !en un bloque de vecinos un unico propietario para su benefico podria instalar placas fotovoltaicas en los espacios de fachada que le corresponden
es decir tengo ventanales cerrados con vidrio opaco, los puedo sustituir por placas y abasteceme de su energia ? .
Hola Fran, buenas tardes
En TERRAS realizamos estudios de autoconsumo, dando respuestas y posibles opciones. Contactamos directamente con el cliente final, puesto que nuestros proyectos son llave en mano. Si es tu caso, puedes indicarnos tus datos aquí https://terrasenergia.com/contactar/ y nos ponemos en contacto contigo para asesorarte. Gracias
En una comunidad de vecinos, un único vecino puede servirse del tejado comunitario para instalar placas solares de uso privativo? Cuantos deben aprobar en junta ?
Debe pagar algo por servirse de un medio común para uso privativo
Hola Virginia, buenos días. Se requiere un acuerdo de uso de un espacio comunitario, que tiene que ser aprobado por un tercio de los integrantes de la comunidad y que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. Por ejemplo, si en una comunidad hay 60 viviendas, será necesario que como mínimo voten a favor 20 personas propietarias con una cuota de participación de, al menos, el 33,33%. Hay ciertas excepciones a estos porcentajes, en las que se puede requerir el voto a favor 3/5 de la comunidad o incluso la unanimidad.
Por otro lado, las personas propietarias que voten en contra no están obligadas a pagar ningún coste por la instalación o mantenimiento de la infraestructura de autoconsumo y, por tanto, tampoco podrán utilizarla ni beneficiarse de ella, excepto si posteriormente quieren abonar la cantidad que les hubiera correspondido en su momento.
Esperamos que nuestra respuesta te resulte útil. Gracias por leernos. Un saludo